Órganos de Gobierno y sus funciones

El Pleno, lo componen todos los concejales, está presidido por el Alcalde. Tiene atribuidas sus funciones por la Ley 7/85, de Bases de Régimen Local.

En la actualidad el Pleno Municipal está formado por 21 concejales y se reúne en sesión ordinaria el primer jueves de cada mes.

El Pleno lo componen todos los concejales y está presidido por el Alcalde, contando con un Secretario General del Pleno, al que le corresponden las funciones de fe pública de los acuerdos adoptados por el Pleno y el asesoramiento legal preceptivo. Al Pleno le corresponden las funciones establecidas en el artículo 123 de la Ley 7/85, de Bases de Régimen Local y su funcionamiento se regula en el Reglamento Orgánico Municipal

Periodicidad

Se acuerda celebrar sesiones ordinarias del Pleno el último jueves de cada mes a las 19:00 horas

Corresponden al Pleno las siguientes atribuciones:

a) El control y la fiscalización de los órganos de gobierno.
b) La votación de la moción de censura al Alcalde y de la cuestión de confianza planteada por éste, que será pública y se realizará mediante llamamiento nominal en todo caso y se regirá en todos sus aspectos por lo dispuesto en la legislación electoral general.
c) La aprobación y modificación de los reglamentos de naturaleza orgánica. Tendrán en todo caso naturaleza orgánica:

d) La aprobación y modificación de las ordenanzas y reglamentos municipales.

e) Los acuerdos relativos a la delimitación y alteración del término municipal ; la creación o supresión de las entidades a que se refiere el artículo 45 de esta ley ; la alteración de la capitalidad del municipio y el cambio de denominación de éste o de aquellas Entidades, y la adopción o modificación de su bandera, enseña o escudo.

f) Los acuerdos relativos a la participación en organizaciones supramunicipales.

g) La determinación de los recursos propios de carácter tributario.

h) La aprobación de los presupuestos, de la plantilla de personal, así como la autorización de gastos en las materias de su competencia. Asimismo, aprobará la cuenta general del ejercicio correspondiente.

i) La aprobación inicial del planeamiento general y la aprobación que ponga fin a la tramitación municipal de los planes y demás instrumentos de ordenación previstos en la legislación urbanística.

j) La transferencia de funciones o actividades a otras Administraciones públicas, así como la aceptación de las delegaciones o encomiendas de gestión realizadas por otras Administraciones, salvo que por ley se impongan obligatoriamente.

k) La determinación de las formas de gestión de los servicios, así como el acuerdo de creación de organismos autónomos, de entidades públicas empresariales y de sociedades mercantiles para la gestión de los servicios de competencia municipal, y la aprobación de los expedientes de municipalización.

l) Las facultades de revisión de oficio de sus propios actos y disposiciones de carácter general.

m) El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa jurídica del Pleno en las materias de su competencia.

n) Establecer el régimen retributivo de los miembros del Pleno, de su secretario general, del Alcalde, de los miembros de la Junta de Gobierno Local y de los órganos directivos municipales.

ñ) El planteamiento de conflictos de competencia a otras entidades locales y otras Administraciones públicas.

o) Acordar la iniciativa prevista en el último inciso del artículo 121.1, para que el municipio pueda ser incluido en el ámbito de aplicación del título X de esta ley.

p) Las demás que expresamente le confieran las leyes.

2. Se requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros del Pleno, para la adopción de los acuerdos referidos en los párrafos c), e), f), j) y o) y para los acuerdos que corresponda adoptar al Pleno en la tramitación de los instrumentos de planeamiento general previstos en la legislación urbanística.
Los demás acuerdos se adoptarán por mayoría simple de votos.

3. Únicamente pueden delegarse las competencias del Pleno referidas en los párrafos d), k), m) y ñ) a favor de las comisiones referidas en el apartado 4 del artículo anterior.

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Resolución Periodicidad de las sesiones plenarias mandato 2023-2027
Resolución: Designación de representantes en órganos colegiados que sean competencia de Pleno
Resolución Concejales Delegados
Nombramiento del Alcalde de Sinovas

En uso de las atribuciones que me confiere el art. 23.1 de la Ley 7/85, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se nombra como miembros de la JUNTA DE GOBIERNO LOCAL a los siguientes concejales:

Concejal asistente con voz pero sin voto:

Organización de la Junta de Gobierno Local. (Art. 126 Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local):
  1. La Junta de Gobierno Local es el órgano que, bajo la presidencia del Alcalde, colabora de forma colegiada en la función de dirección política que a éste corresponde y ejerce las   funciones   ejecutivas y administrativas que se señalan en el artículo 127 de esta Ley.
  2. Corresponde al Alcalde nombrar y separar libremente a los miembros de la Junta de Gobierno Local, cuyo número no podrá exceder de un tercio del número legal de miembros del Pleno, además del Alcalde.
    El Alcalde podrá nombrar como miembros de la Junta de Gobierno Local a personas que no ostenten la condición de concejales, siempre que su número no supere un tercio de sus miembros, excluido el Alcalde. Sus derechos económicos y prestaciones sociales serán los de los miembros electivos.
    En todo caso, para la válida constitución de la Junta de Gobierno Local se requiere que el número de miembros de la Junta de Gobierno Local que ostentan la condición de concejales presentes sea superior al número de aquellos miembros presentes que no ostentan dicha condición.
    Los miembros de la Junta de Gobierno Local podrán asistir a las sesiones del Pleno e intervenir en los debates, sin perjuicio de las facultades que corresponden a su Presidente.
  3. La Junta de Gobierno Local responde políticamente ante el Pleno de su gestión de forma solidaria, sin perjuicio de la responsabilidad directa de cada uno de sus miembros por su gestión.
  4. La Secretaría de la Junta de Gobierno Local corresponderá a uno de sus miembros que reúna la condición de concejal, designado por el Alcalde, quien redactará las actas de las sesiones y certificará sobre sus acuerdos. Existirá un órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local y al concejal-secretario de la misma, cuyo titular será nombrado entre funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional. Sus   funciones   serán las siguientes:

5. Las deliberaciones de la Junta de Gobierno Local son secretas. A sus sesiones podrán asistir los concejales no pertenecientes a la Junta y los titulares de los órganos directivos, en ambos supuestos cuando sean convocados expresamente por el Alcalde.
Atribuciones de la Junta de Gobierno Local. (Art. 127 Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local). Corresponde a la Junta de Gobierno Local:

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Constitución de la Junta de Gobierno Local Mandato 2023-2027
Nombramiento de Concejales Delegados de Alcaldía. Mandato 2023-2027
Nombramiento de Concejales Delegados de Alcaldía. Mandato 2023-2027 Modificación 26/12/2023
Delegaciones de Funciones en JGL

Hacienda: Presupuestos; Ordenanzas fiscales; Imposición, ordenación y aplicación de tributos; expedientes de modificación presupuestaria; cuentas; operaciones de crédito; depósitos y fianzas; obligaciones y compromisos municipales; conciertos y concesiones; revisiones de precios públicos y tarifas; recaudación; inspección de rentas y exacciones; gestión económica general y de los servicios.

Patrimonio: Inventario de Bienes y rectificaciones; gestión patrimonial de todos los edificios municipales, adquisiciones, enajenación y cesión de toda clase de inmuebles municipales; defensa y reivindicación; afectaciones, desafectaciones y cesiones de todo tipo; seguros de propiedades municipales; escrituras e inscripciones en los registros públicos; impuestos sobre propiedades; etc..

Contratación: Expedientes de contratación de obras, servicios y suministros; compras en general; sistemas dinámicos de adquisición, fianzas; cuestiones relativas con el cumplimiento e interpretación de los contratos; revisiones de precios, etc.

Régimen Interior: Organización y coordinación administrativa de las distintas unidades y servicios; honores y distinciones; población y demarcación territorial; denominación, rotulación y numeración de calles.

Especial de Cuentas: Corresponde a esta Comisión el examen, estudio e informe de los Estados y Cuentas Anuales que comprenderán todas las operaciones presupuestarias y no presupuestarias, patrimoniales y de Tesorería, llevadas a cabo durante cada ejercicio, en los términos de lo dispuesto en la legislación sobre Haciendas Locales que resulte aplicable.

La periodicidad de esta sesión será quincenal fijándose los días de celebración segundo y cuarto lunes de cada mes a la 8:30 horas

Urbanismo: comprensivo de la totalidad de las cuestiones relacionadas con la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León: planeamiento, gestión, urbanización, licencias y autorizaciones, disciplina, patrimonio municipal del suelo.

Vías Públicas: Servicio comprensivo de las vías públicas, y actuaciones municipales en materia de conservación, mantenimiento y señalización de los elementos de las vías públicas, licencias y autorizaciones derivadas de la ocupación del dominio público, así como vados y puertas carreteras.

La periodicidad de esta sesión será quincenal fijándose los días de celebración primer y tercer lunes de cada mes a las 8:30 horas.

Medio Ambiente: Desarrollo de las políticas municipales de protección y defensa del medio ambiente; protección del medio ambiente atmosférico; servicio de aguas y control de las aguas potables y residuales, protección de los suelos, parques y jardines, residuos sólidos urbanos, limpieza viaria; recogida de basuras, fuentes, desratización y desinsectación, recogida de perros, cementerios.

Servicios: Comprensivo de los servicios urbanos entendido como el sistema de redes, instalaciones y espacios asociados, destinados a la prestación e servicios de captación, almacenamiento, tratamiento y distribución de agua, saneamiento, depuración y reutilización de aguas residuales, recogida, depósito y tratamiento de residuos, suministro de gas, energía eléctrica, telecomunicaciones, red de calor y demás servicios esenciales o de interés general.

Espacios libres Actuaciones municipales en el sistema de espacios libres e instalaciones asociadas a parques, jardines, áreas de ocio, expansión y recreo, áreas reservadas para juego infantil, zonas deportivas abiertas de uso no privativo y otras áreas de libre acceso.

La periodicidad de esta sesión será quincenal fijándose los días de celebración segundo y cuarto lunes de cada mes a la 9:30 horas

Plantillas, escalafones, relación de puestos de trabajo, oferta de empleo público, convocatoria de plazas vacantes, nombramientos, régimen disciplinario, premios, permisos y licencias, compatibilidades, situaciones administrativas, contratación de personal laboral, determinación de personal eventual; anticipos y préstamos, relaciones con la junta de personal, comité de empresa y relaciones sindicales y laborales.

La periodicidad de esta sesión será mensual fijándose los días de celebración el tercer martes de cada mes a las 8:30 horas.

Asuntos Sociales: Gestión de servicios sociales, empleo, mayores e inmigración. Desarrollo de las políticas de familia e igualdad, conciliación de la vida familiar y laboral.

Participación Ciudadana y Barrios: Asuntos relacionados con asociaciones vecinales, movimiento ciudadano, promoción de la participación popular en la vida pública local, autorizaciones de eventos y espectáculos públicos relacionados con dichas asociaciones.

La periodicidad de esta sesión será quincenal fijándose los días de celebración segundo y cuarto martes de cada mes a las 8:30 horas

Cultura: Gestionar cuantas actividades y servicios se relacionan con la promoción y el fomento de la cultura y las artes, en lo que sea de competencia municipal, tales como centros de cultura, bibliotecas, archivo municipal, museos, exposiciones y congresos, coros, teatros, cine, música, potenciación, fomento y desarrollo de la cultura.

Educación: Gestionar las escuelas municipales, banda de música, participación en el Consejo Escolar del Municipio, programas en las escuelas.

Festejos: Organización, programación y desarrollo de todos los actos relacionados con las fiestas tradicionales y fiestas de todo tipo, cabalgata de Reyes, actividades navideñas, relaciones con las Peñas y organizaciones culturales, recreativas, determinación de las fiestas locales, etc.

Hermanamientos: relaciones exteriores, hermanamientos, y en general, relaciones intermunicipales de ámbito nacional e internacional.

La periodicidad de esta sesión será mensual fijándose los días de celebración el primer y tercer miércoles de cada mes a las 8:30 horas

Juventud: Promoción de actividades juveniles y su asociación, servicio de orientación juvenil.

Deportes: La ordenación, fomento, desarrollo y protección del deporte en todas sus formas y variedades, especialmente aquella que entiende el deporte y las prácticas físicas y deportivas como instrumento que contribuye al aumento de la calidad de vida de la ciudadanía.

Posibilitar la práctica deportiva a toda la ciudadanía. Desarrollar un sistema deportivo local acorde y coherente con las posibilidades generales del municipio. Ofertar un catálogo de actividades e instalaciones deportivas suficientes Promover, impulsar y apoyar económica y materialmente a las asociaciones deportivas. Impulsar actividades para la enseñanza y práctica de la Educación Física y del Deporte Escolar, así como colaborar con las instituciones y organizaciones públicas y privadas competentes para conseguir esta finalidad.

Relaciones con clubes deportivos profesionales.

La periodicidad de esta sesión será mensual fijándose los días de celebración el segundo miércoles de cada mes a las 8:30 horas

Promoción: Dirección y gestión de cuantas competencias tenga atribuidas el Ayuntamiento en materia de promoción industrial, económica, comercial y de fomento del empleo, tanto mediante actuaciones propias como mediante la cooperación y coordinación con otras Administraciones Públicas y privadas sin ánimo de lucro. Subvenciones a la promoción.

Gestionar nuevas inversiones industriales en la ciudad. Potenciación para la implantación de nuevas empresas, y ampliación de las existentes.

Turismo: Promoción del turismo de la ciudad. Participación en ferias turísticas. Desarrollo de programas turísticos en consonancia con las ventajas que presenta el municipio (gastronómico, enológico y cultural).

Comercio y Consumo: oficina Municipal de Información al consumidor y en general todo lo relacionado con la cultura comercial de la ciudad.

La periodicidad de esta sesión será mensual fijándose los días de celebración el segundo jueves de cada mes a las 8:30 horas

Comunicación. Difusión de las actuaciones y decisiones llevaba a cabo por parte del Ayuntamiento, transparencia ciudadana y rendición de cuentas. Transición digital. Incorporación de tecnologías, innovaciones y procesos destinados a mejorar la agilidad del Ayuntamiento, la calidad de los servicios municipales y la transparencia.

Procesos. Procedimientos, protocolos y directrices internas que ordenan el funcionamiento interno de las áreas del Ayuntamiento, la forma de coordinación entre distintas áreas y concejalías y su relación con los ciudadanos.

Innovación. Mejoras, cambios y transformaciones de los servicios públicos y del funcionamiento general de la administración local, con el objetivo de mejorar la eficiencia, incrementar la aportación de valor a la sociedad y satisfacer las necesidades particulares de ciudadanos, organizaciones y empresas.

La periodicidad de esta sesión será semanal fijándose los días de celebración todos los viernes de cada mes a las 8:30 horas

Seguridad Ciudadana: Seguridad en lugares públicos (con independencia de las competencias estatales); protección civil, policía local, extinción de incendios, junta local de seguridad, control y actividad sancionadora de la circulación.

La periodicidad de esta sesión será mensual fijándose los días de celebración el primer y el tercer jueves de cada mes a las 8:30 horas

Fondos Europeos: Control y Seguimiento de Fondos Públicos y Subvenciones que el Ayuntamiento de Aranda de Duero reciba

La periodicidad de esta sesión será mensual fijándose los días de celebración el cuarto jueves de cada mes a las 8:30 horas.

Se fila composición de las comisiones informativas permanentes y de la especial de cuentas en número de 12 miembros en la siguiente forma:

3.- GRUPO MUNICIPAL SENTIR ARANDA

3.-GRUPO MUNICIPAL PARTIDO POPULAR

3.- GRUPO MUNICIPAL PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL

1 GRUPO MUNICIPAL PODEMOS-IZQUIERDA UNIDA

1 GRUPO MUNICIPAL VOX

1 GRUPO MUNICIPAL MIXTO

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Composición y Presidencia de Comisiones Informativas

Se designan como Tenientes de Alcalde del Ayuntamiento de Aranda de Duero, a los siguientes concejales:

A los Tenientes de Alcalde nombrados, previa aceptación de su cargo, les corresponde en cuanto a tales, sustituir al Alcalde en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones.

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Resolución Tenientes de Alcalde Mandato 2023-2027
Delegaciones Tenientes de Alcalde
Fecha de última actualización de esta sección: martes 30 de enero de 2024
Fecha de última actualización del portal: miércoles 6 de marzo de 2019